Impuesto sobre Vehículos

El impuesto sobre vehículos automotores es una carga fiscal que grava a los vehículos que estén matriculados en Bogotá.

¿Quiénes deben pagar el impuesto sobre los vehículos automotores?

Deberán pagar éste impuesto todos los propietarios o poseedores de un vehículo matriculado en el Distrito Capital de Bogotá.

¿Qué tipo de vehículos no están obligados a pagar el impuesto?

No se hallan alcanzados por el impuesto sobre vehículos automotores los siguientes:

  • Las bicicletas, motonetas y motocicletas de hasta 125 c.c. de cilindrada.
  • La maquinaria agrícola.
  • La maquinaria utilizada para la construcción de vías públicas.
  • Los vehículos de uso industrial que no transiten por las vías públicas.
  • Los vehículos de la Empresa Distrital de Transporte Urbano, desde su liquidación hasta la modificación o cancelación de las matrículas de los mismos.

Sigue leyendo

VN:F [1.9.22_1171]
Rating: 4.0/5 (7 votes cast)

Impuesto Predial

El impuesto predial constituye una fuente de ingresos primordial a nivel municipal, colocándose en segundo lugar luego del impuesto a la industria y el comercio, por lo que constituye la segunda mayor fuente de financiación municipal.

Preguntas Frecuentes sobre el Impuesto Predial

¿Quiénes se encuentran obligados de pagar el impuesto predial?

Toda aquella persona que sea propietaria, poseedora o usufructuaria de un inmueble localizado en el Distrito Capital de Bogotá deberá abonar el impuesto predial unificado.

¿Cuáles son los elementos necesarios para calcular el impuesto predial?

Serán necesarios:

  • La base gravable
  • El destino del predio
  • La tarifa

 ¿Cómo obtengo a liquidación del impuesto predial?

Podrá obtener la liquidación del impuesto utilizando algunos de éstos dos medio:

  • Realizando una llamada telefónica a la Línea Bogotá 195 para obtener una entrevista en un SuperCADE, ó
  • Dirigiéndose a sin cita a uno de éstos SuperCADE, los cuales atienden de lunes a viernes de 7 de la mañana a 7 de la tarde, y los sábados por la mañana de 8 a 11hs:
    • SuperCADE Américas: Avenida Cra 86 No. 43 – 55 sur.
    • SuperCADE Bosa: Avenida Calle 57 R Sur No. 72 D – 12.
    • SuperCADE CAD: Carrera 30 No. 25-90.
    • SuperCADE Calle 13: Calle 13 No. 37-35.
    • SuperCADE Suba: Calle 148 No. 103 B – 95.
    • SuperCADE 20 de Julio: Carrera 5A No. 30D – 20 Sur.
  • Para otras ciudades debe acceder a la página web de la alcaldía o gobernación de la misma y allí buscar la sección para consultar el impuesto predial.

Sigue leyendo

VN:F [1.9.22_1171]
Rating: 5.0/5 (3 votes cast)

Certificado de supervivencia

El certificado de supervivencia o fe de vida se emite solo a pedido de la persona interesada, el trámite debe realizarse en persona, éste documento constituye una prueba de la “existencia” del beneficiario, el mismo puede poseer domicilio provisorio o fijo en el extranjero; dicho certificado servirá a la hora de cobrar jubilaciones y pensiones. Actualmente es requerido solo para personas que viven en el exterior de Colombia y debe realizarse solo una vez al año.

Anteriormente el documento era solicitado dentro del territorio colombiano para el cobro de jubilaciones, pensiones y ciertos tipos de trámites especiales; actualmente y por causa de la entrada en vigencia de la llamada ley antitrámites no es necesario presentarlo en ningún lugar. Aun así en caso de que alguna entidad lo requiera, ésta entidad deberá tramitarlo por su cuenta en la página web del ministerio de salud y registraduría  www.registraduria.gov.co. Se libera a las personas de la responsabilidad de tramitar éste certificado con el fin de evitar el cansancio en los adultos mayores que generaban las largas esperas para obtenerlo.

Sigue leyendo

VN:F [1.9.22_1171]
Rating: 4.6/5 (7 votes cast)

Registro civil de matrimonio

Registro Civil de MatrimonioEl registro civil de matrimonio es el instrumento jurídico por el cual se legaliza un matrimonio, sea éste civil o religioso. Para obtener el registro civil de matrimonio será necesario que la persona interesada se dirija hasta la Oficina del Registro Civil de la localidad en donde se realizó el matrimonio y allí pedir que se lo inscriba en el folio del registro civil de matrimonio correspondiente, para ello deberá hacer entrega al funcionario de los documentos requeridos, que se detallan a continuación. Realizados dichos pasos deberá firmar la inscripción, seguidamente deberán entregarle a Ud. una copia del registro civil de matrimonio.

Documentos necesarios para tramitar el registro civil de matrimonio

Se deberá presentar un documento que lo identifique, para lo que será necesaria la cédula de ciudadanía o extranjería.

También serán necesarios los nombres de los contrayentes, la fecha, el lugar y el despacho o parroquia donde se celebró la unión.

A lo anterior se deberá adjuntar el documento que acredite la celebración del matrimonio:

  • Para el matrimonio católico: la partida eclesiástica (original), junto  a una certificación auténtica que demuestre la competencia religiosa del ministro que realizó el matrimonio.
  • Para matrimonio religioso diferente al católico: el acta religiosa correspondiente (original), junto  a una certificación auténtica que demuestre la competencia religiosa del ministro que realizó el matrimonio más el convenio de derecho público interno que dicha iglesia haya concretado con el Estado colombiano para éste tipo de credo.
  • Para matrimonio civil: la escritura de protocolización de las diligencias judiciales o de las administrativas del matrimonio civil (copia autenticada).
  • Para el matrimonio celebrado en el extranjero: el acta de matrimonio emitida por el funcionario extranjero, la misma deberá ser una copia apostillada y traducida si fuere que se realizó en un idioma que no fuese el castellano.

Sigue leyendo

VN:F [1.9.22_1171]
Rating: 4.3/5 (3 votes cast)

Revisión tecnomecánica

La revisión técnico mecánica, también conocida como tecnomecánica, se halla contemplada dentro del Código de Tránsito de Colombia. Su propósito es procurar por motivos de seguridad vial y de cuidado medioambiental que el propietario de un vehículo mantenga el mismo en perfectas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad; no es opcional, sino que es una obligación.

¿Cada cuánto debo realizar la revisión técnico mecánica de mi vehículo?

Revisión tecnomecánicaDeberá realizar la revisión técnico mecánica y de gases contaminantes cada año. Pero si su vehículo es nuevo y es de uso particular durante los primeros 6 años deberá realizar tal revisión cada dos (2) años, y no anualmente, luego de este periodo deberá realizarlo todos los años.

Para los vehículos de uso público la revisión se deberá efectuar todos los años así se trate de un vehículo nuevo.

Sigue leyendo

VN:F [1.9.22_1171]
Rating: 4.5/5 (4 votes cast)