El impuesto sobre vehículos automotores es una carga fiscal que grava a los vehículos que estén matriculados en Bogotá.
¿Quiénes deben pagar el impuesto sobre los vehículos automotores?
Deberán pagar éste impuesto todos los propietarios o poseedores de un vehículo matriculado en el Distrito Capital de Bogotá.
¿Qué tipo de vehículos no están obligados a pagar el impuesto?
No se hallan alcanzados por el impuesto sobre vehículos automotores los siguientes:
- Las bicicletas, motonetas y motocicletas de hasta 125 c.c. de cilindrada.
- La maquinaria agrícola.
- La maquinaria utilizada para la construcción de vías públicas.
- Los vehículos de uso industrial que no transiten por las vías públicas.
- Los vehículos de la Empresa Distrital de Transporte Urbano, desde su liquidación hasta la modificación o cancelación de las matrículas de los mismos.
El registro civil de matrimonio es el instrumento jurídico por el cual se legaliza un matrimonio, sea éste civil o religioso. Para obtener el registro civil de matrimonio será necesario que la persona interesada se dirija hasta la Oficina del Registro Civil de la localidad en donde se realizó el matrimonio y allí pedir que se lo inscriba en el folio del registro civil de matrimonio correspondiente, para ello deberá hacer entrega al funcionario de los documentos requeridos, que se detallan a continuación. Realizados dichos pasos deberá firmar la inscripción, seguidamente deberán entregarle a Ud. una copia del registro civil de matrimonio.
Deberá realizar la revisión técnico mecánica y de gases contaminantes cada año. Pero si su vehículo es nuevo y es de uso particular durante los primeros 6 años deberá realizar tal revisión cada dos (2) años, y no anualmente, luego de este periodo deberá realizarlo todos los años.